jueves, 19 de diciembre de 2019

¿Y SI ESTE AÑO 2019 NOS TOCA LA LOTERÍA, CUÁNTO SE LLEVA HACIENDA?

¿Y SI ESTE AÑO 2019 NOS TOCA LA LOTERÍA, CUÁNTO SE LLEVA HACIENDA?

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Se acerca el día 22 de diciembre, la ilusión de cada año, todos tenemos algún décimo, del trabajo, la familia, los amigos, papeletas de la falla, del fútbol... Esperamos que nos toque el gordo, algún pellizco para "tapar agujeros" pero ¿Cuánto se queda Hacienda de los premios? Como dice el anuncio, el mayor premio es compartirlo...con Hacienda.

Si no nos hacemos ricos, si nos tocan menos de 20.000 euros no tenemos que pasar por la caja de la AEAT. Los primeros 20.000 euros de premio están exentos de tributación. El próximo sorteo del niño tendremos ya un mínimo exento de 40.000 euros (sorteos a partir del 1-1-2020). A medida que va subiendo nuestra alegría porque el premio es mayor, se incrementa también la recaudación de la administración. 
Pagamos un gravamen especial en el IRPF por los premios de las loterías y apuestas organizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado y Comunidades Autónomas, sorteos de la Cruz Roja y juegos autorizados a la ONCE.

La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado está obligada a practicar una retención del 20% sobre el importe del premio que supere los 20.000 euros. La tributación final coincide con la retención practicada. 

Pondremos un ejemplo para que quede más claro. Si nos tocan 50.000 euros en el próximo sorteo de navidad, los impuestos que pagaremos serán 6.000 euros (50.000 - 20.000) x 20%
Si compartimos el premio (peñas, grupos de amigos, compañeros de trabajo..), los 20.000 € exentos hay que distribuirlos entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación y la persona que se encargue del cobro y reparto del premio deberá poder acreditar ante la AEAT que el premio ha sido repartido entre los titilares de las participaciones, debiendo identificar a cada ganador, así como su porcentaje de participación.

Os deseo a todos que tengáis mucha salud, que es la mejor de las suertes, aunque si le pagamos un poco a hacienda nos pondremos muy contentos.

Feliz navidad a tod@s!!


jueves, 21 de marzo de 2019

7 IMPORTANTES NOVEDADES PARA LA PRÓXIMA RENTA



RENTA 2019. NOVEDADES CAMPAÑA RENTA 2018

Imagen Renta 2018
Tras un largo parón, vuelvo a recuperar las entradas del blog.
Comenzaremos con un tema que nos preocupa a todos. La campaña de renta que se inicia el próximo día 2 de abril. Repasaremos las principales novedades, de manera esquemática. En próximas entradas desarrollaré las más importantes.



Calendario de la campaña de renta:
Desde el 15 de marzo de 2019 se pueden consultar los datos fiscales en la web de la Agencia Tributaria y en la aplicación que puede descargarse en la App Store y en Google Play.

Prestaciones por maternidad y paternidad cobradas en 2018
Estarán exentas de tributación las prestaciones por maternidad y paternidad percibidas en 2018, al ser de aplicación la sentencia del Tribunal Supremo. Para las prestaciones cobradas en los ejercicios 2014 a 2017 la Agencia Tributaria estableció un procedimiento para solicitar la devolución de lo que indebidamente se hubiese pagado, al haberse tenido que declarar en esos años, antes de la resolución del tribunal.

Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación
Los contribuyentes podrán deducir un 30% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.
Base máxima de deducción 60.000 euros. Hasta este año la deducción era del 20%, con una base máxima de 50.000 €.

Deducción por maternidad
Hasta el 4-7-2018 existía una deducción de hasta 1200 euros anuales para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. En este ejercicio se amplía esta deducción con hasta 1000 euros adicionales por gastos de custodia de estos hijos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Deducción para familias numerosas
Hasta el 4-7-2018 existía una deducción para familias numerosas de 1200 euros anuales (2400 para las de categoría especial). A partir de esta fecha, se incrementa hasta en 600 euros anuales por cada hijo que forme parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para alcanzar la condición de familia numerosa de categoría general (a partir del 4º) o especial (a partir del 6º).

Deducción por cónyuge a cargo con discapacidad
Se establece una nueva deducción por cónyuge a cargo con discapacidad. Será de 1200 euros anuales a partir del 1-1-2019. Para este año 2018, la deducción será de 500 €, al haberse aprobado la modificación en julio de 2018.

Gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas
Hasta el 4-7-2018 se establecía un mínimo exento de 2500 euros. Los premios obtenidos a partir de esa fecha tienen un mínimo exento para 2018 de 10.000 euros. En 2019 20.000 y en 2020 en 40.000 €. Las cantidades gravadas tributan al 20%.

Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Se incrementa del 50% al 60% para 2018.

Estaré encantado de intentar resolver las dudas que os puedan surgir. Espero vuestros comentarios.