El gobierno de la nación ha vuelto a
modificar las retenciones, sobre la mayoría de los rendimientos sobre los que
todavía no las había cambiado. Y, curiosamente, el porcentaje “fetiche”, el
porcentaje elegido para este año 2012 y 2013 ha sido el 21%. ¿Una medida de
simplificación? ¿Una medida para incrementar la recaudación? ¿Por qué un 21%?
La respuesta quizás podamos encontrarla en el
éxito de Adele, con su segundo álbum, 21, del que disfrutamos de una de sus más
famosas canciones al final de esta entrada ¿Será la cantante favorita de doña
Soraya? O tal vez, una noche en el casino, en una partida de Blackjack entre
Cristóbal y Luis. El Blackjack, conocido también como 21. Quien consigue 21
puntos gana la partida...
No sé cuál habrá sido la motivación, tal vez
un 21 calentando antes de jugar un partido de baloncesto? Pero este es el
porcentaje de la mayoría de los rendimientos sujetos a retención, para los
ejercicios 2012 y 2013, que recordamos ahora:
Mediante el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se modificaron las retenciones para el ejercicio 2012 y 2013,
pasando del 19% al 21%, de los siguientes rendimientos:
• Rendimientos
de capital mobiliario.
• Ganancias
patrimoniales derivadas de la transmisión de fondos de inversión.
• Rentas
derivadas del aprovechamiento forestal de montes.
• Premios.
• Rendimientos
derivados del arrendamiento y el subarrendamiento de inmuebles.
• Rendimientos
procedentes de la propiedad intelectual, industrial y de la prestación de
asistencia técnica y del arrendamiento de bienes muebles.
Mediante el Real Decreto Ley20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, se modificaron las
retenciones de los siguientes rendimientos, pasando del porcentaje actual, al
21% para los ejercicios 2012 y 2013:
- Los rendimientos de actividades profesionales. Como excepción, los profesionales que inician su actividad, en el ejercicio en el que comienzan su actividad y en los dos siguientes, desde el 1 de septiembre soportarán una retención del 9% (antes del 7%)
- Las retenciones practicadas sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.
La excepción al 21% esta también en la
retribución de los miembros de los consejos de administración. La nueva
retención para este tipo de rendimientos será del 42% (curiosamente, múltiplo
de 21)
Los profesionales seremos los que más
sufriremos este incremento de retenciones, que para este año es de un 6 % más.
Está claro que no somos los responsables de
la crisis económica, pero es la manera más sencilla para el ejecutivo para
intentar recaudar más. Por desgracia,
siempre pagan los mismos.